Nuevas reglas para permisos de generación y almacenamiento eléctrico
Actualizado el 2025-10-27 10:13:27
El pasado 23 de octubre de 2025, la Comisión Nacional de Energía (CNE), adscrita a la Secretaría de Energía (SENER), publicó en el Diario Oficial de la Federación las “Disposiciones Administrativas de Carácter General” que establecen los términos legales, técnicos y financieros para solicitar el otorgamiento y la modificación de permisos de generación y almacenamiento de energía eléctrica, así como su vigencia.
Estas nuevas disposiciones atienden a la creciente necesidad de ampliar la generación, incorporar almacenamiento y asegurar la fiabilidad del sistema; el marco regulatorio se ajusta para dar claridad, reglas y certidumbre jurídica.
Se definen con mayor precisión los criterios para la vigencia de los permisos, considerando aspectos financieros, técnicos y de migración de permisos otorgados bajo leyes anteriores como la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica (LSPEE) o la Ley de la Industria Eléctrica (LIE).
Para las centrales bajo el amparo de LIE, se considerará el plazo restante de la vigencia que tengan al momento de que se haga efectiva la migración; por tanto, la vigencia no puede ser mayor a treinta años, y los permisos de almacenamiento de energía eléctrica tendrán una vigencia máxima de 20 años.
Con estas disposiciones, los desarrolladores de proyectos de generación y almacenamiento obtienen mayor claridad sobre los requerimientos y riesgos que deben asumir.
De acuerdo con el anteproyecto presentado, se propone que, para otorgar permisos, la CNE deberá evaluar siete criterios: demanda y accesibilidad, confiabilidad y seguridad, eficiencia, transición energética, prevalencia estatal, justicia energética e innovación tecnológica.
En cuanto a los sistemas de almacenamiento de energía eléctrica, las disposiciones establecen que la CNE considere su vida útil conforme a las pérdidas del rendimiento acorde al número de ciclos de carga y descarga. Esto impulsa que el almacenamiento deje de verse como “añadido” y se integre de forma estructural.
Las disposiciones son de carácter general, obligatorias a nivel nacional, y aplicables para todas las personas físicas o morales que soliciten permisos de generación o almacenamiento a la CNE.
